Rexistro de actividades de tratamento

Cod.TratamientoBase de LegitimaciónBase LegalFines del TratamientoColectivosCategorías de DatosCategoría DestinatariosBase Legal de las CesionesTransferencias InternacionalesPlazo de SupresiónBase Legal del PlazoMedidas de Seguridad
1Solicitudes y control de accesoRGPD: 6.1.c) Obligación Legal: el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable a la Autoridad Portuaria de Ferrol.Reglamento CE 725/2004 del Parlamento Europeo, 31 de marzo, relativo a la mejora de la protección de los buques y las instalaciones portuarias

Real Decreto 1617/2007, de 7 de diciembre, por el que se establecen medidas para la mejora de la protección de los puertos y del transporte marítimo.

Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción.
Gestión de los datos personales con la finalidad de velar por la seguridad de las instalaciones y las personas que se encuentren en la Autoridad Portuaria de Ferrol, así como las autorizaciones de accesos de otra índole, como mercancías peligrosas, grabaciones de drones, obras específicas y servicios específicos, entre otras.Ciudadanos, profesionales e
interlocutores de empresas que realizan actividades dentro del puerto
Datos Identificativos:
Nombre y apellidos, DNI, Matrícula, teléfono, certificado de salud (apto/no apto)

Otros Datos:
Imagen, Correo electrónico, cargo profesional

Categorías Especiales de Datos:
No se prevén

Datos relativos a condenas e infracciones penales
No se prevén
Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y Órganos Judiciales

Compañías aseguradoras

Aduanas

AESA
Obligación Legal:
- Artículo 17 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Para solicitudes de vuelo de DRONES:

- Real Decreto 1180/2018 Capítulo IV

- Real Decreto 1036/2017 por el que se regula la utilización civil de las aeronaves pilotadas por control remoto

- Ley Orgánica 4/2015, art.26

- Ley Orgánica 2/1986 art.1.4
No se prevén1 mesInstrucción 1/1996, de 1 de marzo, de la Agencia de Protección de Datos, sobre ficheros automatizados establecidos con la finalidad de controlar el acceso a los edificios.Las medidas de seguridad implantadas en consecuencia del análisis de riesgos realizado en virtud del artículo 32 del RGPD. El análisis de riesgos se ha realizado en base a las medidas recogidas en el Anexo II (Medidas de Seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.
2VideovigilanciaRGPD: 6.1.c) Obligación Legal: el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable a la Autoridad Portuaria de Ferrol.Reglamento CE 725/2004 del Parlamento Europeo, 31 de marzo, relativo a la mejora de la protección de los buques y las instalaciones portuarias

Real Decreto 1617/2007, de 7 de diciembre, por el que se establecen medidas para la mejora de la protección de los puertos y del transporte marítimo.
Gestión de los datos personales videovigilados con el fin de velar por la seguridad de las instalaciones y personas que se encuentren en la Autoridad Portuaria de Ferrol, así como controlar el tráfico y paso de mercancías.CiudadanosDatos Identificativos:
Imagen

Otros Datos:
No se prevén

Categorías Especiales de Datos:
No se prevén

Datos relativos a condenas e infracciones penales
No se prevén
Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y Organos JudicialesObligación Legal:
Artículo 17 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
No se prevén1 mesInstrucción 1/2006, de 8 de noviembre, de la Agencia Española de Protección de Datos, sobre el tratamiento de datos personales con fines de vigilancia a través de sistemas de cámaras o videocámaras.Las medidas de seguridad implantadas en consecuencia del análisis de riesgos realizado en virtud del artículo 32 del RGPD. El análisis de riesgos se ha realizado en base a las medidas recogidas en el Anexo II (Medidas de Seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.
3Mercancías peligrosasRGPD: 6.1.c) Obligación Legal: el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable a la Autoridad Portuaria de Ferrol.Real Decreto 145/1989, de 20 de enero, por el que se aprueba el Reglamento Nacional de Admisión, Manipulación y Almacenamiento de Mercancías Peligrosas en los Puertos.Gestión de los datos personales pertinentes para la admisión de buques que transportan mercancías peligrosasConsignatarios y agentesDatos Identificativos:
Nombre y apellidos, DNI.

Otros Datos:
No se prevén

Categorías Especiales de Datos:
No se prevén

Datos relativos a condenas e infracciones penales
No se prevén
Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y Órganos Judiciales

European Maritime Safety Agency (EMSA)

Puertos del Estado

Aduanas

Capitanía Marítima
RGPD: 6.1.e) Obligación Legal:
Real Decreto 145/1989, de 20 de enero, por el que se aprueba el Reglamento Nacional de Admisión, Manipulación y Almacenamiento de Mercancías Peligrosas en los Puertos.
No se prevénSe conservarán durante el tiempo que necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.Real Decreto 1164/2002, de 8 de noviembre, por el que se regula la conservación del patrimonio documental con valor histórico, el control de la eliminación de otros documentos de la Administración General del Estado y sus organismos públicos y la conservación de documentos administrativos en soporte distinto al original.Las medidas de seguridad implantadas en consecuencia del análisis de riesgos realizado en virtud del artículo 32 del RGPD. El análisis de riesgos se ha realizado en base a las medidas recogidas en el Anexo II (Medidas de Seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.
4Inspecciones y controles ambientalesRGPD: 6.1.e) Ejercicio de los poderes públicos: El tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos.Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina MercanteGestión de los datos para las inspecciones medioambientales a empresas concesionarias de la Autoridad Portuaria de Ferrol así como el control y gestion del cumplimiento de las actividades de la zona de servicio en lo que respecta al medio ambienteInteresadosDatos Identificativos: Nombre y apellidos teléfono, correo electronico y direccion postal Otros Datos: No se prevén Categorías Especiales de Datos: No se prevén Datos relativos a condenas e infracciones penales No se prevénPuertos del EstadoRGPD: 6.1.e) Obligación Legal: REGLAMENTO (CE) No 725/2004 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 31 de marzo de 2004 relativo a la mejora de la protección de los buques y las instalaciones portuarias Real Decreto 1617/2007, de 7 de diciembre, por el que se establecen medidas para la mejora de la protección de los puertos y del transporte marítimo.No se prevénSe conservarán durante el tiempo que necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.Real Decreto 1164/2002, de 8 de noviembre, por el que se regula la conservación del patrimonio documental con valor histórico, el control de la eliminación de otros documentos de la Administración General del Estado y sus organismos públicos y la conservación de documentos administrativos en soporte distinto al original.Las medidas de seguridad implantadas en consecuencia del análisis de riesgos realizado en virtud del artículo 32 del RGPD. El análisis de riesgos se ha realizado en base a las medidas recogidas en el Anexo II (Medidas de Seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.
5Inspecciones y controles ambientalesRGPD: 6.1.e) Ejercicio de los poderes públicos: El tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos.Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina MercanteGestión de los datos para las inspecciones medioambientales a empresas concesionarias de la Autoridad Portuaria de Ferrol así como el control y gestion del cumplimiento de las actividades de la zona de servicio en lo que respecta al medio ambienteProfesionalesDatos Identificativos: Nombre y apellidos, DNI, teléfono y correo electrónico, direccion postal Otros Datos: No se prevén Categorías Especiales de Datos: No se prevén Datos relativos a condenas e infracciones penales No se prevénFuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y Organos JudicialesObligación Legal: Artículo 17 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.No se prevénSe conservarán durante el tiempo que necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.Real Decreto 1164/2002, de 8 de noviembre, por el que se regula la conservación del patrimonio documental con valor histórico, el control de la eliminación de otros documentos de la Administración General del Estado y sus organismos públicos y la conservación de documentos administrativos en soporte distinto al original.Las medidas de seguridad implantadas en consecuencia del análisis de riesgos realizado en virtud del artículo 32 del RGPD. El análisis de riesgos se ha realizado en base a las medidas recogidas en el Anexo II (Medidas de Seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.
6Contactos y Comunicaciones Comerciales e institucionalesRGPD: 6.1.f) Interés Legitimo: el tratamiento es necesario para la satisfacción de intereses legítimos perseguidos por el responsable del tratamiento o por un tercero, siempre que sobre dichos intereses no prevalezcan los intereses o los derechos y libertades del interesado-Gestión de los datos personales para informar en relación con los servicios que la Autoridad Portuaria de Ferrol ofrece a las empresas actuales o potenciales usuarias de las instalaciones, así como promover el establecimiento de nuevas actividades, además de la gestión de las comunicaciones institucionalesProfesionales de otras empresas e instituciones relacionadas con el ámbito portuarioDatos Identificativos: Nombre y Apellidos, teléfono y Correo electrónico Otros Datos: Sector Empresarial y cargo que desempeña en la empresa Categorías Especiales de Datos: No se prevén Datos relativos a condenas e infracciones penales No se prevénNo se prevén-No se prevénSe conservarán durante el tiempo que necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y en tanto los interesados no ejerzan su oposición al tratamientoSe conservarán durante el tiempo que necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y en tanto los interesados no ejerzan su oposición al tratamientoLas medidas de seguridad implantadas en consecuencia del análisis de riesgos realizado en virtud del artículo 32 del RGPD. El análisis de riesgos se ha realizado en base a las medidas recogidas en el Anexo II (Medidas de Seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.
7Boletín de noticiasRGPD: 6.1.a) Consentimiento: el interesado dio su consentimiento para el tratamiento de sus datos personales-Gestión de los datos de los interesados que se dan de alta en el sistema de alertas y noticias de la Autoridad Portuaria en la webSolicitantesDatos Identificativos: Correo electrónico Otros Datos: No se prevén Categorías Especiales de Datos: No se prevén Datos relativos a condenas e infracciones penales No se prevénNo se prevén-No se prevénSe conservarán durante el tiempo que necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y en tanto los interesados no ejerzan su oposición al tratamientoSe conservarán durante el tiempo que necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y en tanto los interesados no ejerzan su oposición al tratamientoLas medidas de seguridad implantadas en consecuencia del análisis de riesgos realizado en virtud del artículo 32 del RGPD. El análisis de riesgos se ha realizado en base a las medidas recogidas en el Anexo II (Medidas de Seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.
8Eventos y visitasRGPD: 6.1.c) Obligación Legal: el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable a la Autoridad Portuaria de Ferrol. RGPD: 6.1.a) Consentimiento: el interesado dio su consentimiento para el tratamiento de sus datos personales.Reglamento CE 725/2004 del Parlamento Europeo, 31 de marzo, relativo a la mejora de la protección de los buques y las instalaciones portuarias'-Gestión de las jornadas y visitas académicas y de asociaciones, así como de la ciudadanía a la Autoridad Portuaria.CiudadanosDatos Identificativos: Nombre y apellidos, Imagen Otros Datos: Persona que coordina del centro escolar Categorías Especiales de Datos: No se prevén Datos relativos a condenas e infracciones penales No se prevénNo se prevén, posibilidad de publicación de fotos en la web y notas de prensaRGPD: 6.1.a): ConsentimientoNo se prevénSe conservarán durante el tiempo que necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos.Se conservarán durante el tiempo que necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos.Las medidas de seguridad implantadas en consecuencia del análisis de riesgos realizado en virtud del artículo 32 del RGPD. El análisis de riesgos se ha realizado en base a las medidas recogidas en el Anexo II (Medidas de Seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.
9Atraques y gestión de superficies en tierraRGPD: 6.1.e) Ejercicio de los poderes públicos: El tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos.Orden FOM/1194/2011, de 29 de abril, por la que se regula el procedimiento integrado de escala de buques en los puertos de interés generalGestión de escalas, navegación y atraques tanto de buques mercantes, en su mayoría, como de pasajeros.Tripulación de los buquesDatos Identificativos: Nombre y apellidos, DNI, pasaporte, nacionalidad, dirección de facturación, datos de consignatarios Otros Datos: No se prevén Categorías Especiales de Datos: No se prevén Datos relativos a condenas e infracciones penales No se prevénNo se prevénObligación Legal: Orden FOM/1194/2011, de 29 de abril, por la que se regula el procedimiento integrado de escala de buques en los puertos de interés generalNo se prevénSe conservarán durante el tiempo que necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.Real Decreto 1164/2002, de 8 de noviembre, por el que se regula la conservación del patrimonio documental con valor histórico, el control de la eliminación de otros documentos de la Administración General del Estado y sus organismos públicos y la conservación de documentos administrativos en soporte distinto al original.Las medidas de seguridad implantadas en consecuencia del análisis de riesgos realizado en virtud del artículo 32 del RGPD. El análisis de riesgos se ha realizado en base a las medidas recogidas en el Anexo II (Medidas de Seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.
10Puerto Deportivo, puertos pesqueros y parcelas de aparejosRGPD: 6.1.e) Ejercicio de los poderes públicos: El tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos.Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante (art.223 y 228)Gestión de los datos personales para la asignación de atraque de las embarcaciones propios de este tratamiento y facturación de tasas.Propietarios de embarcacionesDatos Identificativos: Nombre y Apellidos, DNI, correo electronico, domicilio, telefono Otros Datos: Nombre del Barco propietario y datos del barco para gestionar la tasa Categorías Especiales de Datos: No se prevén Datos relativos a condenas e infracciones penales No se prevénFuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y Órganos JudicialesObligación Legal: Artículo 17 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.No se prevénSe conservarán durante el tiempo que necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.Real Decreto 1164/2002, de 8 de noviembre, por el que se regula la conservación del patrimonio documental con valor histórico, el control de la eliminación de otros documentos de la Administración General del Estado y sus organismos públicos y la conservación de documentos administrativos en soporte distinto al original.Las medidas de seguridad implantadas en consecuencia del análisis de riesgos realizado en virtud del artículo 32 del RGPD. El análisis de riesgos se ha realizado en base a las medidas recogidas en el Anexo II (Medidas de Seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.
11Servicios portuarios y comercialesRGPD: 6.1.e) Ejercicio de los poderes públicos: El tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos.Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina MercanteControl de los datos personales con la finalidad de coordinar las actividades profesionales que se llevan a cabo dentro del recinto de la Autoridad PortuariaProfesionalesDatos Identificativos: Nombre y Apellidos, DNI, domicilio, teléfono, correo electrónico, matrícula Otros Datos: Datos bancarios Categorías Especiales de Datos: Datos relativos a condenas e infracciones penales No se prevénNo se prevénNo se prevénNo se prevénSe conservarán durante el tiempo que necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.Real Decreto 1164/2002, de 8 de noviembre, por el que se regula la conservación del patrimonio documental con valor histórico, el control de la eliminación de otros documentos de la Administración General del Estado y sus organismos públicos y la conservación de documentos administrativos en soporte distinto al original.Las medidas de seguridad implantadas en consecuencia del análisis de riesgos realizado en virtud del artículo 32 del RGPD. El análisis de riesgos se ha realizado en base a las medidas recogidas en el Anexo II (Medidas de Seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.
12Agenda de contactosRGPD: 6.1.f) Interés Legitimo: el tratamiento es necesario para la satisfacción de intereses legítimos perseguidos por el responsable del tratamiento o por un tercero, siempre que sobre dichos intereses no prevalezcan los intereses o los derechos y libertades fundamentales del interesado0Gestión de datos de contacto profesionales e institucionales de la Autoridad Portuaria de FerrolProfesionales Representantes de asociacionesDatos Identificativos: Nombre y apellidos, cargo, correo electrónico, teléfono Otros Datos: No se prevén Categorías Especiales de Datos: No se prevén Datos relativos a condenas e infracciones penales No se prevénNo se prevénNo se prevénNo se prevénSe conservarán durante el tiempo que necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datosSe conservarán durante el tiempo que necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datosLas medidas de seguridad implantadas en consecuencia del análisis de riesgos realizado en virtud del artículo 32 del RGPD. El análisis de riesgos se ha realizado en base a las medidas recogidas en el Anexo II (Medidas de Seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.
13EncuestasRGPD: 6.1.f) Interés Legitimo: el tratamiento es necesario para la satisfacción de intereses legítimos perseguidos por el responsable del tratamiento o por un tercero, siempre que sobre dichos intereses no prevalezcan los intereses o los derechos y libertades fundamentales del interesado0Gestión de los datos de los interesados para la realización de encuestas de calidadProfesionalesDatos Identificativos: Nombre y apellidos, cargo, correo electrónico, teléfono Otros Datos: No se prevén Categorías Especiales de Datos: No se prevén Datos relativos a condenas e infracciones penales No se prevénNo se prevénNo se prevénNo se prevénSe conservarán durante el tiempo que necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datosSe conservarán durante el tiempo que necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datosLas medidas de seguridad implantadas en consecuencia del análisis de riesgos realizado en virtud del artículo 32 del RGPD. El análisis de riesgos se ha realizado en base a las medidas recogidas en el Anexo II (Medidas de Seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.
14Quejas y sugerenciasRGPD: 6.1.c) Obligación Legal: el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable a la Autoridad Portuaria de Ferrol.Real Decreto 951/2005, de 29 de julio, por el que se establece el marco general para la mejora de la calidad en la Administración General del Estado.Gestión de consultas, quejas y sugerencias del Servicio de Atención al CiudadanoCiudadanosDatos Identificativos: Nombre y apellidos, localidad, teléfono y correo electrónico Otros Datos: Datos que aparezcan en la consulta Categorías Especiales de Datos: No se prevén Datos relativos a condenas e infracciones penales No se prevénNo se prevénNo se prevénNo se prevénSe conservarán durante el tiempo que necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datosSe conservarán durante el tiempo que necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datosLas medidas de seguridad implantadas en consecuencia del análisis de riesgos realizado en virtud del artículo 32 del RGPD. El análisis de riesgos se ha realizado en base a las medidas recogidas en el Anexo II (Medidas de Seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.
15Gestión EconómicaRGPD: 6.1.b) Ejecución de un contrato: el tratamiento es necesario para la ejecución de un contrato en el que el interesado es parte. RGPD: 6.1.e) Ejercicio de los poderes públicos: El tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos.Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante. Demás leyes tributarias, recaudatorias y presupuestarias de aplicaciónGestión de impuestos, cobros y pagosObligados tributarios, proveedores, concesionarios, clientesDatos Identificativos: Nombre, DNI, correo electrónico, dirección, telefónicos Otros Datos: Datos Bancarios Categorías Especiales de Datos: No se prevén Datos relativos a condenas e infracciones penales No se prevénAgencia Tributaria Intervención General del Estado (IGAE) Tribunal de Cuentas Puertos del Estado Ministerio de FomentoRGPD: 6.1.e) Obligación Legal: Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General TributariaNo se prevénSe conservarán durante el tiempo que necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.Real Decreto 1164/2002, de 8 de noviembre, por el que se regula la conservación del patrimonio documental con valor histórico, el control de la eliminación de otros documentos de la Administración General del Estado y sus organismos públicos y la conservación de documentos administrativos en soporte distinto al original.Las medidas de seguridad implantadas en consecuencia del análisis de riesgos realizado en virtud del artículo 32 del RGPD. El análisis de riesgos se ha realizado en base a las medidas recogidas en el Anexo II (Medidas de Seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.
16Portal web - CookiesRGPD: 6.1.a) Consentimiento: el interesado dio su consentimiento para el tratamiento de sus datos personales.-Gestión de datos de navegación de los usuarios web (cookies analíticas y técnicas tanto propias como de terceros)Visitantes webDatos Identificativos: IP Otros Datos: Datos de navegación Categorías Especiales de Datos: No se prevén Datos relativos a condenas e infracciones penales No se prevénNo se prevénNo se prevénNo se prevénSe conservarán durante el tiempo que necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos.Se conservarán durante el tiempo que necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos.Las medidas de seguridad implantadas en consecuencia del análisis de riesgos realizado en virtud del artículo 32 del RGPD. El análisis de riesgos se ha realizado en base a las medidas recogidas en el Anexo II (Medidas de Seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.
17Portal Cautivo WifiRGPD: 6.1.a) Consentimiento: el interesado dio su consentimiento para el tratamiento de sus datos personales.-Gestión de los datos personales para habilitar el acceso a invitados a la red wifiProfesionales externosDatos Identificativos: Nombre y apellidos, DNI, correo electrónico, IP Otros Datos: Datos de navegación Categorías Especiales de Datos: No se prevén Datos relativos a condenas e infracciones penales No se prevénNo se prevénNo se prevénNo se prevénSe conservarán durante el tiempo que necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos.Se conservarán durante el tiempo que necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos.Las medidas de seguridad implantadas en consecuencia del análisis de riesgos realizado en virtud del artículo 32 del RGPD. El análisis de riesgos se ha realizado en base a las medidas recogidas en el Anexo II (Medidas de Seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.
18Ayudas a la navegaciónRGPD: 6.1.c) Obligación Legal: el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable a la Autoridad Portuaria de Ferrol.Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante. El sistema de ayudas a la navegación marítima de la APFSC, gestión, control, mantenimiento e inspección del sistema, consta de un total de 9 faros y 146 señales situadas a lo largo de costa que transcurre desde la ría de Ares hasta la Ría de Ribadeo en la frontera con Asturias.Control, inspeccion y gestion de datos para la ayuda a la navegación y señalas de balizamiento.ProfesionalesDatos Identificativos: Nombre y apellidos, telefono, correo electrónico. Otros Datos: No se prevén Categorías Especiales de Datos: No se prevén Datos relativos a condenas e infracciones penales No se prevénNo se prevénNo se prevénNo se prevénSe conservarán durante el tiempo que necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.Real Decreto 1164/2002, de 8 de noviembre, por el que se regula la conservación del patrimonio documental con valor histórico, el control de la eliminación de otros documentos de la Administración General del Estado y sus organismos públicos y la conservación de documentos administrativos en soporte distinto al original.Las medidas de seguridad implantadas en consecuencia del análisis de riesgos realizado en virtud del artículo 32 del RGPD. El análisis de riesgos se ha realizado en base a las medidas recogidas en el Anexo II (Medidas de Seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.
19PersonalRGPD: 6.1.b) Ejecución de un contrato: el tratamiento es necesario para la ejecución de un contrato en el que el interesado es parte. RGPD: 6.1.c) Obligación Legal: el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable a la Autoridad Portuaria de Ferrol. RGPD: 6.1.a) Consentimiento: el interesado dio su consentimiento para: - Participar en los procesos de selección de personal de la Autoridad Portuaria de Ferrol (aunque normalmente se hace por convocatoria pública, tener en cuanta el formulario de consentimiento para cuando esto llega por correo electrónico) Categorías Especiales de Datos: RGPD: 9.2.b) Obligaciones laborales: el tratamiento es necesario para el cumplimiento de obligaciones y el ejercicio de derechos específicos en el ámbito del Derecho Laboral.Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado PúblicoGestión de las obligaciones derivadas del contrato de trabajo (gestión de nóminas, formación, acceso al recinto portuario, prevención de riesgos laborales, etc…) con el personal de la Autoridad Portuaria.Empleados de la Autoridad Portuaria CandidatosDatos Identificativos: Nombre y apellidos, domicilio, telefono y correo electrónico Otros Datos: Datos bancarios, datos profesionales, datos de formación y académicos, datos económicos y nóminas Categorías Especiales de Datos: Biométrica (reconocimiento facial y huella/patrón) Datos relativos a condenas e infracciones penales No se prevénSeguridad Social Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) Hacienda Mutua de accidentes Jueces y árbitros de pruebas físicas Compañía de seguros Puertos del EstadoRGPD: 6.1.c) Obligación Legal: Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado PúblicoNo se prevénSe conservarán durante el tiempo que necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.Real Decreto 1164/2002, de 8 de noviembre, por el que se regula la conservación del patrimonio documental con valor histórico, el control de la eliminación de otros documentos de la Administración General del Estado y sus organismos públicos y la conservación de documentos administrativos en soporte distinto al original.Las medidas de seguridad implantadas en consecuencia del análisis de riesgos realizado en virtud del artículo 32 del RGPD. El análisis de riesgos se ha realizado en base a las medidas recogidas en el Anexo II (Medidas de Seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.
20ContrataciónRGPD: 6.1.b) Ejecución de un contrato: el tratamiento es necesario para la ejecución de un contrato en el que el interesado es parte. RGPD: 6.1.c) Obligación Legal: el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable a la Autoridad Portuaria de FerrolLey 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector PúblicoGestión de procesos de licitación pública y ofertas para la contratación de obras, productos y servicios por parte de la Autoridad Portuaria. Gestión y control de los adjudicatarios.Contratistas y licitadoresDatos Identificativos: Nombre y apellidos del apoderado, DNI, correo electrónico Otros Datos: Solvencia Economíca y Financiera Cumplimiento PRL Categorías Especiales de Datos: No se prevén Datos relativos a condenas e infracciones penales No se prevénSe publica el adjudicatarioRGPD: 6.1.c) Obligación Legal: Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobiernoNo se prevénSe conservarán durante el tiempo que necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.Real Decreto 1164/2002, de 8 de noviembre, por el que se regula la conservación del patrimonio documental con valor histórico, el control de la eliminación de otros documentos de la Administración General del Estado y sus organismos públicos y la conservación de documentos administrativos en soporte distinto al original.Las medidas de seguridad implantadas en consecuencia del análisis de riesgos realizado en virtud del artículo 32 del RGPD. El análisis de riesgos se ha realizado en base a las medidas recogidas en el Anexo II (Medidas de Seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.
21Consejo de administraciónRGPD: 6.1.c) Obligación Legal: el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable a la Autoridad Portuaria de Ferrol-San CibraoLey 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.Constitución y gestión del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de FerrolConsejo o miembro del Consejo de administaciónDatos Identificativos: Nombre y apellidos, correo electrónico, teléfono, dirección postal Otros Datos: Declaración de incompatibilidad de acuerdo con la ley de puertos y datos bancarios Categorías Especiales de Datos: No se prevén Datos relativos a condenas e infracciones penales No se prevén'Se publican los miembros del Consejo de AdministraciónRGPD: 6.1.c) Obligación Legal: Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobiernoNo se prevénSe conservarán durante el tiempo que necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.Real Decreto 1164/2002, de 8 de noviembre, por el que se regula la conservación del patrimonio documental con valor histórico, el control de la eliminación de otros documentos de la Administración General del Estado y sus organismos públicos y la conservación de documentos administrativos en soporte distinto al original.Las medidas de seguridad implantadas en consecuencia del análisis de riesgos realizado en virtud del artículo 32 del RGPD. El análisis de riesgos se ha realizado en base a las medidas recogidas en el Anexo II (Medidas de Seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.
22Consejo de navegaciónRGPD: 6.1.c) Obligación Legal: el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable a la Autoridad Portuaria de Ferrol-San CibraoLey 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.Gestión del órgano consultivo, constitución y gestión del Consejo de Navegación de la Autoridad Portuaria de FerrolMiembros del Consejo de NavegaciónDatos Identificativos: Nombre y apellidos, correo electrónico, teléfono, dirección postal Otros Datos: - Categorías Especiales de Datos: No se prevén Datos relativos a condenas e infracciones penales No se prevén'Se publica en la memoria anualRGPD: 6.1.c) Obligación Legal: Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobiernoNo se prevénSe conservarán durante el tiempo que necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.Real Decreto 1164/2002, de 8 de noviembre, por el que se regula la conservación del patrimonio documental con valor histórico, el control de la eliminación de otros documentos de la Administración General del Estado y sus organismos públicos y la conservación de documentos administrativos en soporte distinto al original.Las medidas de seguridad implantadas en consecuencia del análisis de riesgos realizado en virtud del artículo 32 del RGPD. El análisis de riesgos se ha realizado en base a las medidas recogidas en el Anexo II (Medidas de Seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.
23Expedientes y sancionesRGPD: 6.1.e) Ejercicio de los poderes públicos: El tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos.Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante. Reglamento de servicio del puerto Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones PúblicasEjercicio de la potestad sancionadora de la Autoridad Portuaria de Ferrol.SancionadosDatos Identificativos: Nombre y apellidos, domicilio, DNI Otros Datos: Matriculas de coches Matrícula de buques Categorías Especiales de Datos: No se prevén Datos relativos a condenas e infracciones penales No se prevénSe publican a efectos de notificación si no se puede contactar con el interesado En caso de que termine judicializado, los organos judiciales que correspondan.RGPD: 6.1.c) Obligación Legal: Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones PúblicasNo se prevénSe conservarán durante el tiempo que necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.Real Decreto 1164/2002, de 8 de noviembre, por el que se regula la conservación del patrimonio documental con valor histórico, el control de la eliminación de otros documentos de la Administración General del Estado y sus organismos públicos y la conservación de documentos administrativos en soporte distinto al original.Las medidas de seguridad implantadas en consecuencia del análisis de riesgos realizado en virtud del artículo 32 del RGPD. El análisis de riesgos se ha realizado en base a las medidas recogidas en el Anexo II (Medidas de Seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.
24Reclamaciones patrimonialesRGPD: 6.1.e) Interés Público: El tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos.Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones PúblicasGestión de las reclamaciones patrimoniales, comunicaciones jurídicas e Interposición, gestión y respuesta de reclamaciones donde la Autoridad Portuaria es parte .Reclamantes ReclamadosDatos Identificativos: Nombre y apellidos, domicilio, DNI Otros Datos: Información que se acompañe a la pretensión Categorías Especiales de Datos: Partes Médicos (salud) Datos relativos a condenas e infracciones penales No se prevénJueces y Tribunales Abogacia del Estado Abogados que se puedan contratarRGPD: 6.1.e) Interés Público: Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.No se prevénSe conservarán durante el tiempo que necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.Real Decreto 1164/2002, de 8 de noviembre, por el que se regula la conservación del patrimonio documental con valor histórico, el control de la eliminación de otros documentos de la Administración General del Estado y sus organismos públicos y la conservación de documentos administrativos en soporte distinto al original.Las medidas de seguridad implantadas en consecuencia del análisis de riesgos realizado en virtud del artículo 32 del RGPD. El análisis de riesgos se ha realizado en base a las medidas recogidas en el Anexo II (Medidas de Seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.
25Registro de entrada y archivoRGPD: 6.1.e) Ejercicio de los poderes públicos: El tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos. RGPD: 6.1.c) Obligación Legal: el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable a la Autoridad Portuaria de Ferrol-San CibraoLey 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobiernoGestión de las solicitudes de acceso a la información pública, registro y el archivo de la Autoridad PortuariaCiudadanos ProveedoresDatos Identificativos: Nombre y apellidos, domicilio y teléfono. Correo eletrónico Otros Datos: Información que acompañe la solicitud Firma Categorías Especiales de Datos: No se prevén Datos relativos a condenas e infracciones penales No se prevénNo se preven, las establecidas por ley-No se prevénSe conservarán durante el tiempo que necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.Real Decreto 1164/2002, de 8 de noviembre, por el que se regula la conservación del patrimonio documental con valor histórico, el control de la eliminación de otros documentos de la Administración General del Estado y sus organismos públicos y la conservación de documentos administrativos en soporte distinto al original.Las medidas de seguridad implantadas en consecuencia del análisis de riesgos realizado en virtud del artículo 32 del RGPD. El análisis de riesgos se ha realizado en base a las medidas recogidas en el Anexo II (Medidas de Seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.
26Dominio PúblicoRGPD: 6.1.e) Ejercicio de los poderes públicos: El tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos.Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante (artículo 83 y siguientes)Gestión de las autorizaciones y concesiones administrativas de Dominio Público.Solicitantes de autorizaciones y concesiones de dominio públicoDatos Identificativos: Nombres y apellidos y DNI Otros Datos: Poderes de representación Certificados de estar al corriente de obligaciones con Seguridad Social y Tributarias Garantías y avales Categorías Especiales de Datos: No se prevén Datos relativos a condenas e infracciones penales No se prevénNo se prevén-No se prevénSe conservarán durante el tiempo que necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.Real Decreto 1164/2002, de 8 de noviembre, por el que se regula la conservación del patrimonio documental con valor histórico, el control de la eliminación de otros documentos de la Administración General del Estado y sus organismos públicos y la conservación de documentos administrativos en soporte distinto al original.Las medidas de seguridad implantadas en consecuencia del análisis de riesgos realizado en virtud del artículo 32 del RGPD. El análisis de riesgos se ha realizado en base a las medidas recogidas en el Anexo II (Medidas de Seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.
27Ejercicio de Derechos RGPDRGPD: 6.1.c) Obligación Legal: el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable a la Autoridad Portuaria de Ferrol-San Cibrao.Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos)Gestionar y dar respuesta a la solicitud de ejercicio de derechos de los interesados al amparo de lo dispuesto en el RGPD y la LOPDgdd.CiudadanosDatos Identificativos: Nombre y apellidos, DNI/NIF, domicilio, correo electrónico y teléfono. Otros Datos: No se prevén Categorías Especiales de Datos: No se prevén Datos relativos a condenas e infracciones penales No se prevénNo se prevénNo se prevénNo se prevénSe conservarán durante el tiempo que necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos (3 años)Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (art.72)Las medidas de seguridad implantadas en consecuencia del análisis de riesgos realizado en virtud del artículo 32 del RGPD. El análisis de riesgos se ha realizado en base a las medidas recogidas en el Anexo II (Medidas de Seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.