El consejo de administración autoriza a M.H.Bland a prestar el servicio en el puerto de Ferrol con una previsión de 44 escalas en 2024

El nuevo consignatario está implantado en 16 puertos de la Península Ibérica, el norte de África y el Mediterráneo

Ferrol, 1 de diciembre de 2023

El consejo de administración de la Autoridad Portuaria de Ferrol-San Cibrao ha aprobado esta mañana la autorización para una nueva empresa que se incorpora así a la comunidad portuaria. Se trata de M.H. Bland SL. que prestará el servicio de consignación de buques y mercancías en el puerto de Ferrol. La empresa pasará a ejercer en 2024 como consignatario con la previsión de realizar alrededor de 44 escalas a lo largo del próximo año. La autorización ha sido concedida por un período de 10 años.

M.H. Bland SL. es la rama española de un grupo de origen gibraltareño cuya actividad en el mundo marino se remonta a 1810. Cuenta con una amplia implantación, con oficinas dedicadas a la consignación, en 16 puertos de España, Gibraltar, el norte de África y el Mediterráneo. Se trata concretamente de los puertos de Gibraltar, Algeciras, Barcelona, Bilbao, Ceuta, Cartagena, Huelva, Las Palmas, Tenerife, Valencia, Malta, Tánger, Agadir, Casablanca, Jorf Lasfar y Nador.

Además de la actividad de consignación, el grupo tiene empresas dedicadas a otras ramas del negocio marítimo como la estiba, la provisión de buques o la limpieza de cascos. También cuenta con firmas centradas en la atención a cruceros y la gestión de atracciones turísticas.

Otros asuntos

El órgano de dirección de la Autoridad Portuaria también dio el visto bueno a la aprobación provisional del plan de emergencia interior del puerto de San Cibrao. Se trata de una actualización del plan ya existente para adaptarlo al convenio firmado entre la Dirección General de la Marina Mercante y Puertos del Estado para la gestión de emergencias en los puertos e instalaciones que integran el sistema portuario de titularidad estatal.

El acuerdo establece un compromiso de colaboración en el ejercicio de las funciones propias de cada entidad cuando un buque está involucrado en la emergencia y se especifican las competencias relativas a la dirección de la emergencia.